Las empresas y sus empleados después de la emergencia sanitaria Covid-19

¿Y ahora qué?

06 abril 2020

Por Rafael Gómez Mateo

Distintos escenarios esperan a las empresas y a sus empleados una vez que las actividades públicas y privadas se normalicen, cosa que no vemos que suceda tan pronto, ya que una vez que se deje sin efecto el estado de excepción, la vuelta a la normalidad será lenta y llena de temores, no solo por los aspectos de salud, si no, también ante los diferentes retos profesionales que enfrentaremos todos sin excepción. 

En el campo de lo legal ocurrirá lo mismo, una nueva suerte de antecedentes judiciales se irán generando, ya que ningún caso podrá analizarse radicalmente a la luz de la misma óptica o perspectiva que el otro. 

Para el caso, están las empresas, sean ya comerciantes individuales o sociedades mercantiles, que han incumplido sus contratos para con otras empresas; unas se ampararán en los supuestos de casos fortuitos y de fuerza mayor, que podrán modificar en alguna medida las condiciones previamente pactadas, pero que les exigirá cumplir siempre con el contrato o devolver el dinero. En ambos casos se requerirá flujo de efectivo que solo se logra con más ventas o con financiamiento que se traduce en más endeudamiento y que solo se podrá pagar con más ventas u otras fuentes de ingresos. Y es ahí donde radicará el problema ya que la liquidez de los consumidores y de las empresas podría verse gravemente afectada por las suspensiones de las actividades.  


En el aspecto tributario también se verá un grave y preocupante incumplimiento, ya que el mismo Estado de Honduras ha dicho que se ha prorrogado la declaración y el pago de los impuestos sobre la renta y sobre la venta, para que exista liquidez para el pago de empleados en las empresas. Pero preocupa esa “carta abierta” de disponer del impuesto sobre la venta en particular, ya que ese dinero es captado del público y del consumidor, por lo que no pertenece a la empresa y sobre el cuál no hay posibilidad de arreglo de pago ante la Autoridad Tributaria, y dejar de pagarlo (una vez vencido el nuevo plazo) trae como consecuencia, acciones de tipo criminal que analizaremos en otro momento. 

Y en el aspecto laboral y del derecho del trabajo también se analizan ciertos cambios que podrán afectar la realidad jurídica del país, donde antes de la crisis se veía un derecho del trabajo proteccionista a ultranza, pero ahora se escuchan y leen comunicados que flexibilizan el mismo, bajo el argumento de que el sacrificio debe de ser de todos. 

Por ello, estaremos ante casos de suspensiones masivas de contratos sin el procedimiento establecido en la ley, despidos sin causa legal justificada, aunque entendibles por la falta de recursos de las empresas para hacer frente a las obligaciones permanentes con sus empleados, suspensiones de contratos notificadas vía electrónica y ratificadas posteriormente por las autoridades del Estado, compensaciones de vacaciones y feriados nacionales anticipados concertados vía remota. Por el lado de los derechos del empleado tendremos reclamos administrativos y judiciales por despidos directos sin causa justificada, despidos indirectos por falta de pagos o disminución de las condiciones de trabajo, reintegros por suspensiones ilegales y el pago de salarios, pagos de reajuste de los salarios mínimos legales o contractuales que no fueron pagados completamente producto de la crisisindemnizaciones por enfermedades profesionales en aquellas empresas que no han suspendido actividades, etc. 

Y así podríamos seguir analizando todas las variantes posibles, pero que en definitiva eventualmente conocerán los juzgados y tribunales del país y que serán resueltos de manera individual, aplicando las normas generales a los casos concretos, que llena de temor y expectativa a todos los ciudadanos, quienes además tienen que lidiar con la sobrevivencia de sus negocios y familias, pago de obligaciones atrasadas, tarjetas de crédito, préstamos, pensiones alimenticias, y en fin, un universo de obligaciones corrientes y que no cesan producto de la crisis, ni se disminuyen o detienen, donde siempre existen contrapartes interesadas, el que reclama el pago y el que está obligado a pagar, que no siempre se pondrán de acuerdo, condonarse o esperarse. 

Pero aunque el panorama parece demasiado sombrío, siempre existe un halo que irradia luz, y es que a pesar de todos estos infortunios, el derecho siempre encuentra la solución a los problemas, pero ahora debemos todos ser más creativos, más proactivos y propositivos. Es indudable que nada será igual después de esta pandemia producto de la Covid-19, pero tampoco se puede negar que es la oportunidad perfecta para reinventar los negocios, reinventarnos como personas y evolucionar como profesionales

¡Cuenta con nosotros en este nuevo camino!

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